Guía de Supervivencia Legal
Qué hacer (y qué no) ante un Control de Alcoholemia
Enfrentarse a un control de la Guardia Civil o Policía Local genera nerviosismo, pero conocer sus derechos y obligaciones es la clave para una defensa posterior efectiva. Como abogada penalista, estos son mis consejos.
Preguntas frecuentes
1. Obligación de someterse a la prueba
¿Es obligatorio soplar? Sí. El artículo 383 del Código Penal castiga de forma muy severa (penas de prisión de 6 meses a un año y privación del carné de 1 a 4 años) la negativa a someterse a las pruebas.
Consejo experto: Nunca se niegue a realizar la prueba. Las consecuencias penales por negativa suelen ser más graves que por dar positivo en sí.
2. El derecho a una segunda medición
Si el resultado es positivo, los agentes deben esperar un intervalo de tiempo (normalmente 10 minutos) para realizar una segunda prueba.
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Este derecho es fundamental para garantizar que el alcohol en boca no desvirtúe el resultado.
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Asegúrese de que se respeta este tiempo y de que los agentes lo reflejan correctamente en el atestado.
3. Derecho a contrastar con análisis de sangre
Si usted no está conforme con el resultado del etilómetro, tiene derecho a solicitar un análisis de sangre en el centro hospitalario más cercano.
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Advertencia: Usted deberá pagar el coste del análisis si este confirma el positivo. Si da negativo, el Estado asume el coste.
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Estrategia: Solo recomendamos esta vía si está absolutamente seguro de no haber consumido o si el consumo fue mínimo y ha pasado mucho tiempo.
4. El control de los síntomas (El Acta de Signos)
No todo es el número que arroja la máquina. Los agentes rellenan un acta describiendo su estado (ojos brillantes, habla titubeante, deambulación inestable).
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Mantenga la calma y sea extremadamente educado.
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Un comportamiento respetuoso puede evitar que el agente agrave la descripción de los síntomas, lo cual es vital si el resultado es "fronterizo" (cerca de los 0,60 mg/l).
5. No declare sin su abogado
Si el resultado supera los 0,60 mg/l, se le informará de que está investigado por un delito contra la seguridad vial y se le citará para un Juicio Rápido.
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Tiene derecho a no declarar en dependencias policiales.
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Nuestra recomendación es reservar su declaración para el Juzgado, una vez que su abogado haya podido revisar el atestado y verificar si el etilómetro tiene el certificado de verificación en vigor.
¿Le han citado para un Juicio Rápido?
Si ya tiene la citación en la mano, el tiempo corre. En el Juicio Rápido se puede lograr una reducción de la pena de un tercio, pero para ello necesitamos analizar el atestado hoy mismo.
No acuda al Juzgado sin una estrategia clara.